Manual de Procedimientos para el Manejo y Gestión del Aceite Usado dirigido al Movilizador

1. Introducción.

El manejo y gestión adecuada del aceite usado es crucial para prevenir impactos negativos en la salud humana y en el ambiente. Este manual busca ser una herramienta que permita la adecuada gestión y manejo integral del aceite usado por parte de todos los actores involucrados en la cadena, que incluye la generación, movilización y almacenamiento, proporcionando directrices para la correcta gestión de aceites lubricantes usados (ALU), de motor, transmisión e hidráulicos, asegurando su tratamiento responsable y seguro.

2. Definiciones.

  • Aceite Lubricante Usado (ALU): todo aceite lubricante de motor de combustión, de transmisión o hidráulico, de turbinas, con base mineral o sintética, que haya dejado de ser apto para el uso originalmente previsto, que pueda llegar a contaminarse con compuestos químicos altamente contraproducentes tanto para la salud humana como para el medio ambiente, convirtiéndolo en un residuo peligroso.
  • Acopiador Primario:  toda persona natural o jurídica denominada generador que ejerza la actividad de cambio de aceite y/o lubricación de maquinaria industrial, automotriz y genere como residuo de su actividad ALU de origen mineral, semisintético y sintético, el cual acopia y almacena temporalmente los mismos.
  • Establecimiento de mantenimiento vehicular: unidad productora comercial que presta servicios de mantenimiento de vehículos y/o motocicletas, que incluye el cambio de aceite y lubricación, los cuales generan aceites usados.
  • Generador: persona natural o jurídica que produce ALU por sus actividades propias o como consecuencia de ellas. Por tanto, deberán entregar los aceites usados producto de su actividad económica, a los acopiadores de aceites lubricantes usados inscritos ante el Ministerio del Poder Popular para el Ecosocialismo (MINEC).
  • Manual de normas y procedimientos para la gestión de aceite lubricante usado: documento que contiene la descripción de las actividades obligatorias, de forma ordenada y sistemática, que deben llevarse a cabo para la gestión y manejo ambientalmente adecuado del ALU, por parte de personas naturales y/o jurídicas que generen, acopien, almacenen, movilicen y recuperen, de tal manera que sirva para unificar criterios de evaluación, control y seguimiento ambiental, reducir los riesgos al ambiente y a la salud humana.
  • Movilizador de aceite lubricante usado: persona natural o jurídica que, debidamente autorizada por el Ministerio del Poder Popular para el Ecosocialismo (MINEC), es responsable de la actividad de recibir, movilizar y entregar los aceites lubricantes usados, al procesador.
  • Plan de contingencia: conjunto de procedimientos y acciones de tipo predictivo, preventivo y reactivo con una estructura estratégica, operativa e informática desarrollado por el actor correspondiente, para el control de una emergencia que se produzca durante el manejo, transporte y almacenamiento de mercancías peligrosas, con el propósito de mitigar las consecuencias y reducir los riesgos de empeoramiento de la situación y acciones inapropiadas, así como para regresar a la normalidad con el mínimo de consecuencias negativas para la población y el medio ambiente.
  • Plan de Emergencia: organización de los medios humanos y recursos materiales disponibles, para garantizar la intervención inmediata ante la existencia de una emergencia, que involucre sustancias peligrosas y de esa manera, garantizar una atención adecuada bajo los procedimientos establecidos.
  • Residuo o desecho peligroso: es aquel que, por sus características infecciosas, tóxicas, explosivas, corrosivas, inflamables, volátiles, combustibles, reactivas o radiactivas, puede deteriorar la calidad ambiental hasta niveles que causen riesgo a la salud humana. Así mismo, se consideran residuos peligrosos, los envases, empaques y embalajes que hayan estado en contacto con ellos. 
  • Riesgo: probabilidad o posibilidad de que el manejo, la liberación al ambiente y la exposición a un material o residuo peligroso, ocasionen efectos adversos en la salud humana y/o al ambiente. Sugiero incluir esta definición.
  • Sistema de acopio móvil: tanque, tambor, cisterna o sistema de almacenamiento destinado a confinar el aceite lubricante usado, instalado o ubicado en el vehículo en el cual se almacena, acopia o recolecta. 

3. Procedimientos para el manejo y gestión del ALU por parte del movilizador.

Objetivo

Establecer los procedimientos que deben implementar las personas naturales o jurídicas que realicen actividades de movilización de ALU dentro de la República Bolivariana de Venezuela.

Condiciones y elementos para la movilización. 

  • Vehículos requeridos.
  1. Deben ser vehículos, preferiblemente, dedicados a esta labor en forma exclusiva. 
  2. En caso de cambio de servicio, se deben lavar cuidadosamente y en forma meticulosa.
  3. Se deben encontrar en buen estado de operación durante cualquier actividad de cargue, movilización o descargue de ALU. 
  4. Debe contar con sistema de almacenamiento. En caso de tratarse de un vehículo con tambores de 55 galones o tanques de capacidad superior no fijos a la estructura del vehículo, éstos deberán ser fijados al vehículo mediante el uso de dispositivos de sujeción utilizados especialmente para dicho fin, de tal manera que garanticen la seguridad y estabilidad de la carga durante su movilización. 

 

 

  1. Si la movilización se realiza en cisterna, la longitud del chasis deberá sobresalir del extremo posterior del tanque, de modo que sirva de defensa o parachoques para la protección de válvulas y demás accesorios de cierre y seguridad del tanque. El tanque, tambores o sistema de almacenamiento debe ser resistente a la acción de hidrocarburos para que garantice la confinación total del ALU. 
Cisternas para recogida de aceites y polivalentes

 

Cisternas para recogida de aceite - De Pablos - Fabricación de Cisternas

 

Transporte de Aceite Vegetal - Agroads

 

  1. Las tuberías, válvulas y mangueras deberán mantenerse en perfecto estado sin presentar filtraciones.
  1. Los camiones deben estar equipados con sistema de contención de derrames, extintores y dispositivos silenciadores de escapes, entre otros. Según lo establecido en el Reglamento De La Ley De Tránsito Terrestre en los artículos 235 y 236.
  1. Deberá disponer de una bomba de cargue y descargue de ALU, de tipo mecánico o manual, operación centrífuga o de desplazamiento positivo.

 

Photos - Pompe sur citerne routière | Boerger France

 

  1. De igual manera, deberá disponer de una manguera fabricada en un material flexible, que permita su fácil operación y resistente a la acción de hidrocarburos y solventes. 
  1. El tanque, tambor o sistema de almacenamiento debe permanecer libre de abolladuras, golpes, hundimientos, fisuras y corrosión. 
  1. El tanque, tambor o sistema de almacenamiento debe estar herméticamente cerrado durante la movilización, evitando en todo momento el derrame del aceite usado. 
  1. En caso tal que la movilización sea realizada por medio de un camión cisterna, éste deberá contar con la placa del fabricante, la norma o código de construcción, la fecha de fabricación, capacidad y número de compartimentos. 
  1. Se aplican disposiciones generales para vehículos de carga pesada: 
  • Longitud máxima: 18,60 metros, para combinaciones de camión remolque o semirremolque. 
  • Ancho máximo: 2,60 metros.
  • Altura máxima: 4,20 metros.
  • Peso bruto vehicular máximo: puede llegar hasta 48 toneladas, para configuraciones de múltiples ejes.
  1. La unidad de transporte deberá tener una placa con el número de las Naciones Unidas (UN H3), en todas las caras visibles de la unidad y la parte delantera de la cabina del vehículo. El fondo de esta placa debe ser de color naranja y los bordes y el número UN H3 serán de color negro. Las dimensiones serán de 30 cm. x 12 cm. Por seguridad y facilidad, estas placas podrán ser removibles. (H3 Líquidos inflamables: Líquidos, o mezclas de líquidos o líquidos con sólidos en solución o suspensión (por ejemplo, pinturas, barnices, lacas, etc., pero sin incluir sustancias o desechos clasificados de otra manera debido a sus características peligrosas) que emiten vapores inflamables a temperaturas no mayores de 60,5ºC, en ensayos con cubeta cerrada, o no más de 65,6ºC, en ensayos con cubeta abierta.) 
Cisternas y su rotulación – Cámara de Empresarios del Combustible
  • Rotulado y etiquetado 

Es necesario implementar etiquetado y clasificaciones indicativas que incluyan advertencias, información de manejo y datos de contacto del ALU, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento sobre la Clasificación, Manejo y Disposición de Residuos Peligrosos (2010), así como lo establecido en la Norma Venezolana Materiales Peligrosos, Covenin 3060:2002. 

  • Sistema de almacenamiento 

 Cada sistema de almacenamiento deberá estar rotulado con las palabras sustancia líquida potencialmente peligrosa – Aceite Lubricante Usado (ALU), deberá tener el rótulo correspondiente a la clase “Sustancias Peligrosas Varias”.

Cada sistema de almacenamiento deberá tener el rótulo correspondiente a las “Sustancias Peligrosas para el Medio Ambiente”, deberán tener el código UN H3 de la Naciones Unidas (Libro Naranja).

Los pictogramas para aceites usados son esenciales para comunicar los riesgos asociados con su manejo y disposición. Generalmente, se utilizan símbolos del Sistema Globalmente Armonizado (SGA) de clasificación y etiquetado de productos químicos.

Pictogramas comunes para ALU:

Es importante que el sistema de almacenamiento que contenga ALU, esté claramente etiquetado con estos pictogramas para asegurar que las personas que lo manejen sean conscientes de los riesgos asociados. Además, se deben seguir las normas locales para la recolección, almacenamiento y disposición de estos materiales.

  1. Peligro para el ambiente:
    • Un pez y un árbol muerto. Este pictograma indica que el ALU puede ser perjudicial para la vida acuática y el medio ambiente en general.
PELIGROSO PARA EL MEDIO AMBIENTE - S21
  1. Tóxico:
    • Un símbolo de un cráneo y huesos cruzados. Indica que el contenido es una sustancia tóxica que es peligrosa si se inhala, ingiere o entra en contacto con la piel.
Pictogramas de vectores de peligro de advertencia. Ilustración del ...
  1. Peligroso para la salud:
    • Un símbolo de una persona con una estrella en la parte superior. Este pictograma se utiliza para indicar que puede causar problemas de salud, como irritación o efectos a largo plazo.
Pictogramas de peligro Lo que debe saber sobre los pictogramas de ...
  1. Inflamable:
    • Una llama. Indica que el ALU puede ser inflamable y debe ser manejado con cuidado para evitar incendios.
Inflamable – Extintores Camein
  1. Corrosivo:
    • Un frasco derramando líquido sobre una mano y un material. Indica que el aceite puede causar daño a la piel o a los materiales en contacto.
Corrosive Piktogramm

4. Elementos de recolección del ALU.

Los movilizadores deberán contar con los siguientes elementos de recolección:

  • Una bomba de tipo mecánico o manual, de operación centrífuga o de desplazamiento positivo.
  • Mangueras fabricadas en un material flexible que permita su fácil operación y que sea resistente a la acción de hidrocarburos y solventes, debe ser movilizada de forma que evite el goteo de aceites lubricantes usados en vías públicas. Se deberán realizar inspecciones periódicas pre-operacionales con el fin de verificar su estado en cuanto a fisuras y/o grietas.
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  • Debe contar con una plataforma elevadora, montacargas o diferencial de cadena, fabricado en materiales resistentes. Se debe asegurar que la capacidad de carga sea superior al peso de los sistemas de almacenamiento a recolectar.
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Elementos de seguridad y atención a emergencias o contingencias

Los movilizadores deberán contar con elementos de seguridad en caso de que ocurra alguna emergencia y/o contingencia, para solventar la misma: 

  • Extintores: los cuales pueden ser multipropósito o de polvo químico seco, con capacidad mínima de 20 libras o 9 litros, los cuales deberán ser recargados por lo menos una vez al año y su etiqueta debe ser legible en todo momento.
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  • Equipos antiderrames: se debe contar en el vehículo con un equipo antiderrame que cuente con los siguientes implementos: 
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a. Material oleofílico (aserrín, barreras adsorbentes) para para el control de goteos, fugas y derrames con características absorbentes o adherentes. 

b. Monogafas. 

c. Guantes resistentes a la acción de hidrocarburos. 

d. Chaleco reflectivo.

e. Linterna recargable. 

f. Masilla epóxica. 

g. Pala antichispa. 

h. Mazo y estacas (vehículos carrotanques).

  • Elementos de protección personal – EPP 

Los conductores de los vehículos deben contar con los siguientes EPP: 

a. Braga de trabajo. 

b. Botas con punta de acero antideslizantes. 

c. Guantes resistentes a la acción de hidrocarburos. 

d. Gafas de seguridad.

e. Casco de protección.

f. Mascarilla.

g. Arnés.  

h. Chaleco reflectivo.

  • Plan de Emergencia y Contingencias

El movilizador está en la obligación de formular el Plan de Emergencia y Contingencia para la movilización de ALU y realizar las capacitaciones de forma anual en caso de emergencias relacionadas con incendios, fugas y derrames. Deberá guiarse por lo establecido en las Normas Venezolanas COVENIN 2226 y 2670, las cuales son las guías para la elaboración de dichos planes.

  1. Procedimientos para la recolección del ALU.

Condiciones de manejo 

Los sistemas de almacenamiento que no se encuentren fijados a la estructura del vehículo, deben ser ubicados de tal forma que no interfieran con la visibilidad del conductor; la estabilidad o conducción del vehículo; las luces de frenado, direccionales y de posición; los dispositivos y rótulos de identificación reflectivos y las placas de identificación del número de las Naciones Unidas (Número UN). 

Se debe demostrar en todo momento el correcto funcionamiento mecánico y eléctrico del vehículo que transporte ALU. El conductor no debe operar el vehículo bajo la influencia de sustancias psicoactivas o alcohol. 

Revisión pre – operacional 

Antes de iniciar el primer desplazamiento, el conductor y su equipo deben revisar completamente las condiciones de los equipos e implementos.

 Ubicación del vehículo 

Una vez en las instalaciones del generador, acopiador primario o gestor, el vehículo deberá localizarse en la zona de almacenamiento o acopio donde no cause interferencia, de tal forma que quede en posición de salida rápida. 

Recolección del ALU 

Existen dos modelos de recolección: 

• Por bombeo 

El movilizador cuenta con un sistema de bombas y mangueras que permite succionar el aceite y almacenarlo en sus propios sistemas.

 • Por cargue 

El movilizador recolecta directamente del sistema de almacenamiento provisto por el generador, acopiador primario o gestor; en algunos casos dependiendo del peso del sistema de almacenamiento es necesario contar con un sistema elevación de la carga (diferencial de cadena o plataforma elevadora).

  1. Preparación de la zona de recolección

Antes de iniciar la recolección del ALU, ya sea por bombeo o por cargue, se deben realizar las siguientes actividades: 

  • Ubicar un extintor cerca del camión cisterna, tambores o sistema de almacenamiento de donde se va a realizar el bombeo. 
  • Ubicar vallas o conos para bloquear el tráfico cerrando el área circundante a la zona de recibo, en un radio no menor a 5 metros. 
  • Verificar que no haya fuentes de ignición en los alrededores.
  • Colocar elementos de contención secundaria debajo de las conexiones realizadas para la operación, de manera que controlen posibles goteos, fugas o derrames. 
  • El conductor del vehículo y el encargado de las instalaciones, deben inspeccionar visualmente los tanques, la zona de almacenamiento y las válvulas con el fin de verificar su estado e identificar la presencia de derrames o fugas de ALU.
  • En caso de observar alguna novedad, deben tomar las medidas correctivas necesarias y la novedad será registrada en el reporte de movilización. 
  • El conductor del vehículo y su está en la facultad de suspender la recolección de los ALU si considera que se ve comprometida la seguridad de la operación, hasta tanto se garantice que no se pondrá en riesgo la salud de personas o animales, así como la afectación al ambiente durante las operaciones.

Recolección por bombeo

En caso de que el modelo de recolección de los ALU sea por bombeo, se deben realizar las siguientes actividades: 

  • Verificar el correcto funcionamiento de la bomba. 
  • Verificar el cupo disponible del sistema de almacenamiento del vehículo, mediante el aforo físico del mismo. 
  • Ubicar la bomba de forma que la distancia máxima al sistema de almacenamiento no supere los 6 metros.
  • Asegurar que la manguera llegue hasta el fondo del sistema de almacenamiento, al momento de iniciar el bombeo.
  • Verificar que las mangueras queden totalmente drenadas luego de finalizar la operación. 
  • Verificar que el sistema de almacenamiento del acopiador primario o secundario quede completamente vacío. 
  • Para el llenado de los sistemas de almacenamiento con los que cuenta el vehículo, se debe dejar un borde libre de 10 cm.

Recolección por Cargue 

En caso de que el modelo de recolección sea por cargue, se deben realizar las siguientes actividades:

  • Contar con un sistema de elevación ya sea una plataforma elevadora hidráulica o un diferencial de cadena.
  • Verificar que el sistema de elevación se encuentre en correcto funcionamiento.
  • Verificar que las condiciones de los tambores, contenedores, recipientes y/o cualquier otro sistema de almacenamiento sean las adecuadas, libres de abolladuras, golpes, hundimientos, fisuras y corrosión. 
  • Verificar el cupo disponible en el vehículo, para el cargue de los sistemas de almacenamiento, de forma que se evite sobreacumulación. 
  • Verificar que los tambores, contenedores, recipientes y/o cualquier otro sistema de almacenamiento se encuentren debidamente etiquetados, según lo establecido en la Norma Venezolana Materiales Peligrosos, Clasificación y Símbolos y Dimensiones de Señales de Identificación, COVENIN 3060:2002.
  •  En caso de que no estén etiquetados no se deben cargar, el movilizador está en la libertad de suministrar etiquetas plegables. 
  • Los tambores, contenedores, recipientes y/o cualquier otro sistema de almacenamiento deben ser sujetados al vehículo teniendo en cuenta lo establecido en el literal a) del numeral 3.3 del Capítulo III del presente Manual. 
  1. Autorización para la movilización del ALU.

Registro de actividades capaces de degradar el ambiente 

Toda persona que realice actividades de movilización, deberá estar inscrito ante el Registro de Actividades Capaces de Degradar el Ambiente (RACDA), que lleva el Ministerio del Poder Popular para el Ecosocialismo (MINEC), de acuerdo con lo establecido en la Resolución 000073 del 25 de agosto de 2023, Gaceta Oficial Nº 40.483, de fecha 26 de agosto de 2014.

Obligaciones del Movilizador 

Una vez obtenido el Registro, el Movilizador está en la obligación de realizar lo siguiente: 

  • Dar cumplimiento a todas las normas y procedimientos establecidos por el SISTEMA VENEZOLANO DE GESTIÓN DE LOS ACEITES Y LUBRICANTES USADOS (SIVEGALU).
  • Dar cumplimiento a lo establecido en la Ley Sobre Sustancias, Materiales, Desechos Peligrosos, por el cual se reglamenta el manejo y transporte terrestre automotor de mercancías peligrosas por carretera o aquella norma que la modifique, sustituya o derogue.
  • Entregar los ALU a los gestores que se encuentren debidamente autorizados por la autoridad ambiental competente. 
  • Responsabilizarse solidariamente con el remitente de los residuos en caso de contingencia, por el derrame o esparcimiento de residuos o desechos peligrosos en las actividades de cargue, transporte y descargue de los mismos.
  • Capacitar al personal vinculado con la movilización del ALU y realizar simulacros de atención de emergencias en forma anual, con el fin de garantizar una adecuada respuesta del personal en caso de fugas, derrames o incendio. 
  •  El conductor de la unidad de transporte deberá diligenciar y dejar en el momento de la recolección el documento denominado “Reporte de Movilización” en donde se relacionarán los datos del acopiador o generador del aceite usado, el volumen recolectado, la fecha de recolección, placa de la unidad de transporte, datos del conductor. El reporte deberá archivarse por un mínimo de 5 años a partir de la fecha de recolección. 
  • El Movilizador deberá diligenciar y entregar al acopiador primario o gestor el Acta de Movilización, ya sea en formato físico o digital, en la cual se deberá relacionar la información correspondiente al gestor del ALU, junto con el soporte de entrega de la gestión de este. Estas actas deberán ser archivadas por un mínimo de 5 años. 
  • Reportar ante el SISTEMA VENEZOLANO DE GESTIÓN DE LOS ACEITES Y LUBRICANTES USADOS (SIVEGALU), durante los primeros cinco (05) días de cada mes, el volumen y la fecha de ALU movilizado durante el periodo correspondiente.
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